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- ORBEA OIZ M50 2018 GIANT ANTHEM 3 LTD
Hola,
extraído de aquí.
hago un copia y pega.
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CUÁNDO HAY QUE UTILIZAR LAS LUCES EN BICICLETAS?
La normativa española establece en la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial el uso obligatorio de alumbrado entre la puesta y la salida de sol, así como a cualquier hora del día en los túneles.
Además, el texto destaca que los conductores de bicicletas deberán llevar colocada también alguna prenda reflectante si circulan por una vía interurbana cuando sea obligatorio el uso de alumbrado. En este sentido, en Giant disponemos de diferentes modelos de chalecos y chaquetascon elementos reflectantes.
A ello hay que añadir el uso obligatorio de alumbrado en los supuestos especiales, es decir, cuando existan condiciones que disminuyan la visibilidad, como puede ser el caso de niebla, lluvia intensa, nevadas o nubes de humo o de polvo.
¿QUÉ LUCES HAY QUE LLEVAR Y CUÁNTAS?
El Reglamento General de Vehículos establece que las bicicletas, para circular de noche, por tramos de vías señalizados con la señal de túnel o cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, deberán disponer de luz de posición delantera y trasera, catadióptrico trasero, opcionalmente de catadióptricos en los radios de las ruedas y en los pedales.
Ahora os vamos a detallar cuántas luces son necesarias, su color y su colocación:
¿HAY SANCIÓN POR NO LLEVAR LUCES?
La Ley sobre Tráfico establece como infracción circular sin hacer uso del alumbrado reglamentario, en el caso de las bicicletas la infracción será considerada como de carácter de leve. Las infracciones leves serán sancionadas con multa de hasta 100 euros.
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en este otro enlace también añaden información.
- Capitulo 2 pág 7.
Un saludo!
extraído de aquí.
hago un copia y pega.
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CUÁNDO HAY QUE UTILIZAR LAS LUCES EN BICICLETAS?
La normativa española establece en la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial el uso obligatorio de alumbrado entre la puesta y la salida de sol, así como a cualquier hora del día en los túneles.
Además, el texto destaca que los conductores de bicicletas deberán llevar colocada también alguna prenda reflectante si circulan por una vía interurbana cuando sea obligatorio el uso de alumbrado. En este sentido, en Giant disponemos de diferentes modelos de chalecos y chaquetascon elementos reflectantes.
A ello hay que añadir el uso obligatorio de alumbrado en los supuestos especiales, es decir, cuando existan condiciones que disminuyan la visibilidad, como puede ser el caso de niebla, lluvia intensa, nevadas o nubes de humo o de polvo.
¿QUÉ LUCES HAY QUE LLEVAR Y CUÁNTAS?
El Reglamento General de Vehículos establece que las bicicletas, para circular de noche, por tramos de vías señalizados con la señal de túnel o cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, deberán disponer de luz de posición delantera y trasera, catadióptrico trasero, opcionalmente de catadióptricos en los radios de las ruedas y en los pedales.
Ahora os vamos a detallar cuántas luces son necesarias, su color y su colocación:
- Luz de posición delantera: es obligatorio llevar 1luz de posición delantera de color blanco.
- Luz de posición trasera: es obligatorio llevar 1 de color rojo.
- Catadióptricos traseros no triangulares: es obligatorio llevar 1 de color rojo en la parte trasera de la bicicleta.
- Catadióptricos en los pedales: es opcional llevar 1 o 2 de color amarillo auto y su situación sería de 1 o 2 en cada pedal.
- Catadióptricos en los radios de las ruedas: es opcional llevar 4 de color amarillo auto.
¿HAY SANCIÓN POR NO LLEVAR LUCES?
La Ley sobre Tráfico establece como infracción circular sin hacer uso del alumbrado reglamentario, en el caso de las bicicletas la infracción será considerada como de carácter de leve. Las infracciones leves serán sancionadas con multa de hasta 100 euros.
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en este otro enlace también añaden información.
- Capitulo 2 pág 7.
Un saludo!