Eso no es una e-bike, parece que ni siquiera tiene pedales, lo que es seguro es que no es de pedaleo asistido. Es una moto eléctrica.seguimos con los haters de las ebikes...
resumiendo la rubia se queja de que van por el carril bici 🤣🤣
Eso no es una e-bike, parece que ni siquiera tiene pedales, lo que es seguro es que no es de pedaleo asistido. Es una moto eléctrica.seguimos con los haters de las ebikes...
resumiendo la rubia se queja de que van por el carril bici 🤣🤣
Si las vendiesen como ciclomotores, necesitarían registro oficial, seguro, ITV, pagar impuesto de circulación...siendo un poco ironico, y un poco realista, ese es el problema de las ebikes y su legislacion.
Donde esta el limite que dice que es ebike o moto? son leyes divinas o cada pais puede poner las suyas?
por que 25km/h y no 15 o 60?
porque se activa el motor moviendo pedales en vez de con un boton?
defiendo el uso de ebikes, y las veo geniales, para uso recreativo, urbano y trabajo una pasada, pero siempre he criticado su legislacion como bicicletas, para venderlas como juguetes.
Desde un principio, las deberian haber vendido como e-ciclomotor, permitirles mas potencia si quieren y listo.
Eso no es cierto. En EE.UU. el gobierno federal define lo que es cada vehículo en cuanto a su fabricación, homologaciones, potencia, etc. Pero en cuanto a las normas que afectan a su uso, es cada estado el que dicta la normativa. Así que en EE.UU. no hay un límite en el pedaleo asistido de 25 millas/hora para las e-bike porque, para empezar, lo que se considera una e-bike (en sus distintas variantes) en cuanto a uso y su normativa asociada varía de un lugar a otro. Así que hay estados que simplemente no diferencian entre pedaleo asistido y "acelerador".lo de los 25km/h creo que viene de que en Estados Unidos el límite es de 25millas/h... y cuando tocó legislar en Europa, directamente pusieron 25km/h sin estarse a la equivalencia real de la velocidad.
gracias por la aclaración y por la información de que a partir de 2020 dejaron de ser consideradas vehículos a motorEso no es cierto. En EE.UU. el gobierno federal define lo que es cada vehículo en cuanto a su fabricación, homologaciones, potencia, etc. Pero en cuanto a las normas que afectan a su uso, es cada estado el que dicta la normativa. Así que en EE.UU. no hay un límite en el pedaleo asistido de 25 millas/hora para las e-bike porque, para empezar, lo que se considera una e-bike (en sus distintas variantes) en cuanto a uso y su normativa asociada varía de un lugar a otro. Así que hay estados que simplemente no diferencian entre pedaleo asistido y "acelerador".
Por cierto, hasta finales de 2020 las e-bikes estaban consideradas como vehículos a motor por el gobierno federal. Este cambio ha tenido implicaciones importantes en algunas normativas estatales. En lo que se refiere a si pueden circular por aceras y carriles bici, por ejemplo.
No te hagas ilusiones, en España los ciclomotores tampoco se consideran vehículos a motor... porque se supone que pueden ser propulsados por los pedales esos que llevan 🤣gracias por la aclaración y por la información de que a partir de 2020 dejaron de ser consideradas vehículos a motor
un saludo
Los ciclomotores, en España, NO se consideran vehículos a motorNo te hagas ilusiones, en España los ciclomotores tampoco se consideran vehículos a motor... porque se supone que pueden ser propulsados por los pedales esos que llevan 🤣
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Los ciclomotores, en España, si se consideran vehículos a motor
un saludo
Vehículo a motor | Vehículo provisto de motor para su propulsión. Se excluyen de esta definición los ciclomotores, los tranvías, los vehículos para personas de movilidad reducida, bicicletas de pedales con pedaleo asistido y los vehículos de movilidad personal. |
Pelea @corredoiras @eljose por los ciclomotores 💪💪💪
puffff.... ha habido diversos factores (internos y externos) que me han llevado a escribir la mitad de la frase que quería escribir y diciendo una cosa totalmente diferente de la que quería decir.Según el Reglamento General de Vehículos, Anexo II (Definiciones) :
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Vehículo a motor Vehículo provisto de motor para su propulsión. Se excluyen de esta definición los ciclomotores, los tranvías, los vehículos para personas de movilidad reducida, bicicletas de pedales con pedaleo asistido y los vehículos de movilidad personal.
pues es que creo que justo por esa razón que tu aludes es por la que diversas personas desconocedores de la normativa califican a una cosa como otra y opinan de una cosa cuando están opinando de otra.joder, no enredeis tanto buscando, os perdeis en el continente en vez de en el contenido.
Ebike y nos entendemos todos a que nos referimos,.independientemente que en un sitio la normativa les permita.llevar acelerador, o ir a 50km/h...
pues la legislacion la hacen hombres, y pueden cambiar segun nos convenga, no hay que tomarselo como los diez mandamientos.
Creo que “Los Luises” paso a mejor vida, quedandose en “El Luis”
Vuelven los Luises de RIDE ON repartiendo cera y poniendo a ORBEA de vuelta y media.
Próximamente prometen ir a saco contra otras marcas.
Polémico como poco
Pero de ese temilla no han hablado.Creo que “Los Luises” paso a mejor vida, quedandose en “El Luis”